Ciudadanía, Acceso a Derechos, Estado y Democracia en América Latina.
Apuntes y reflexiones para el debate
Marzo 2021
Por Silvana Inés Lado
Prof. Titular Cátedra de Sociología y Prof. Adjunta Cátedra de Problemas Sociales Latinoamericanos Facultad de Psicología
Prof. Titular Cátedra de Sociología Facultad de Ciencias Económicas y Social
Proyecto de Investigación en IPSIBAT- Instituto de Psicología Básica, Aplicada y Tecnología UNMDP- CONICET
Introducción
“La ciudadanía es definida aquí como un estatus, común a todas las personas formalmente reconocidas como residentes por un Estado territorial moderno, que determina un piso común de bienestar socioeconómico, de participación sociocultural y de soberanía política. Las garantías de ese estatus y de ese piso están definidas por un conjunto de prerrogativas condicionales que, en el Estado moderno, se denominan derechos. La materialización de estas garantías está efectivizada por intervenciones empíricas que el Estado realiza a través de políticas públicas. (...) la ciudadanía es más igualitaria e incluyente cuanto mayor es, y mejor distribuido está, el bienestar socioeconómico común; cuanto más amplios y pluralistas son las formas de participación sociocultural; y más legítimos los instrumentos políticos de representación y soberanía colectiva” (Andrenacci, Luciano: “Desigualdad y exclusión en América Latina” en Estado y Políticas Públicas, No 12. mayo - septiembre de 2019, pp. 31-53.)1
El concepto de ciudadanía, entendida como conjunto de prácticas que definen a una persona como miembro de pleno derecho dentro de una sociedad y como el acceso pleno a determinados derechos, es uno de los más debatidos en las ciencias sociales. Dichos debates giran en torno tanto a las dimensiones y contenidos de los derechos que incluye, como a las condiciones objetivas y subjetivas que son necesarias para ejercerlos o demandarlos, etc. La ciudadanía implica otros términos como el sentido de pertenencia y la posibilidad de construcción identitaria respecto de una comunidad política.
Asociado al ideario de la modernidad desde la Revolución Francesa y la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, su expansión e implementación ha pasado por varios derroteros, luchas y resistencias vinculadas a la expansión del capitalismo como modo de producción hegemónico y a las determinadas relaciones que se establecen entre Estado, sociedad y democracia en cada sociedad particular.
El concepto se remonta a la ciudad/estado de la Grecia clásica en
donde dicha categoría designaba a los nativos que tenían resueltas sus
necesidades económicas (habían salido de la esfera de la privación, la
esfera doméstica) e implicaba el derecho político, es decir el derecho a
participar de las decisiones comunitarias de la polis. El sujeto de la
ciudadanía constituye el demos (pueblo como colectivo orgánico
constituido por los ciudadanos) y su objeto, la participación política.
El Renacimiento y la recuperación de la antigüedad clásica sentaron
las bases para la construcción de la ciudadanía moderna de la mano de las
Revoluciones Francesa y Americana en el siglo XVIII. No obstante, su
emergencia debió enfrentar tres problemas centrales: 1) el del Estado y la
formación de instituciones nuevas asociadas a la unificación política sobre
un vasto territorio, el nacimiento del Estado nación y la separación entre
política y sociedad civil; 2) el problema del gobierno en donde la
reconstrucción de la república, la isonomía (igualdad ante la ley) y la
igualdad se dio en contextos de monarquías absolutas; y 3) el problema de
la dignidad del hombre y el humanismo cristiano que concibe a todos los
hombres como iguales ante Dios.
“El principio de la ciudadanía moderna, fundado sobre la idea de
humanidad, enfrentó muchas dificultades para su aplicación. La primera se
refiere al tamaño de las repúblicas modernas, que impide el ejercicio
directo del poder por el ciudadano. El Estado se destaca de la sociedad
civil, el poder no puede ya ser ejercido por todos. Para evitar el
despotismo, el principio republicano consagra la idea del control popular
por el sufragio universal, inspirándose en la visión de soberanía popular defendida por Rousseau.
De acuerdo con la doctrina de la representación, fundada en la soberanía
popular, el origen y el fin de toda soberanía se encuentra en el pueblo. El
ciudadano no puede ya ejercer en persona el poder, pero escoge con su
voto a sus representantes. Este principio se universalizó, pero sufrió
algunos períodos de derogación, como la llamada democracia censaria, reservada a los propietarios”
Con la modernidad y fundamentalmente a partir de la organización
de los Estados-nación, la ciudadanía quedó asociada al concepto de
nacionalidad, y los derechos y obligaciones de los individuos -garantizados
por medio de una Carta Magna o Constitución- asociados a su pertenencia
como miembros de una nación y al territorio nacional.
La organización política del Estado Nación cristaliza las luchas
liberales/burguesas incluyendo los llamados derechos civiles: derechos
individuales de libertad, igualdad, propiedad, libre desplazamiento, libertad
de culto, libertad de expresión, derecho a la vida, etc. Además, se incluyen
derechos políticos como la libertad de asociación y reunión, de organización
política y sindical, de participación política y electoral. Dentro del territorio
del Estado Nación moderno, el sujeto de la ciudadanía es el individuo y el
objeto la representación política de todos y cada uno de los ciudadanos.
En los desarrollos de los teóricos contractualistas (que utilizaban la
metáfora del contrato o pacto social para explicar el paso del estado de
naturaleza o pre-social al estado social) podemos ver que el eje está
centrado en la defensa de las libertades individuales frente al poder absoluto del Estado. El pacto/contrato/constitución/carta magna establece cuáles
son los derechos, obligaciones de los individuos en tanto ciudadanos y qué
garantías tienen en relación con el Estado.
Es a partir del discurso de las ciencias sociales -que plantean una
explicación diferente de la constitución de la sociedad- que se empieza a
discutir la explicación jurídica y formal de la ciudadanía. Comienza a
analizarse el concepto en relación con las condiciones objetivas y subjetivas
necesarias que posibilitan el real ejercicio de la ciudadanía (ciudadanía
formal vs. ciudadanía sustantiva).
El debate entonces centra su mirada sobre los actores sociales y sus
prácticas efectivas, su organización y construcción identitaria, sus luchas y
resistencias, por un lado, y sobre la naturaleza de las democracias y los
soportes institucionales que se ponen en marcha desde el Estado para
garantizar la participación, las políticas públicas y su definición de sujeto
destinatario, por el otro.
’La actitud contemporánea que parece prevalecer es la de buscar una
estrategia para combinar lo civil - derechos individuales - y lo cívico -
deberes para con el Estado, responsable por el bien público. Combinar la
“libertad de los antiguos” - participación política del hombre público - con
la “libertad de los modernos” – derechos individuales del hombre privado -.
Pero para eso parece ser necesaria la presencia previa de un elemento
aglutinador, el sentimiento de comunidad, de identidad colectiva que sería,
entre los antiguos, pertenecer a una ciudad, y entre los modernos,
pertenecer a una nación. La construcción de una ciudadanía plena exige un
sabio equilibrio entre los dos espacios - el público y el privado - pues el
predominio excesivo de un polo puede inviabilizar el otro (Carvalho, 1989).
En otras palabras, se trataría de buscar la integración de la solidaridad
familiar existente en el espacio doméstico, con las reglas impersonales,
racionales, de las instituciones públicas. En fin, se trataría de llevar la casa para la calle ́
I. La crisis del ’30 como crisis global del capitalismo dio lugar a la
implementación de un conjunto de medidas y la puesta en marcha de un
entramado institucional que se ha conocido como Estado de Bienestar o Welfare State.
El rol del Estado como fiel de la balanza en la relación
Capital/trabajo, da paso a una revalorización de la ciudadanía y una
expansión de su alcance en cuanto a los derechos y a la población que
incluye (relativa a la creciente incorporación de sectores populares al
mercado de trabajo formal). Al desarrollo de los derechos civiles y políticos,
se agregan ahora los derechos sociales o de segunda generación.
Es en este contexto que Thomas H. Marshall (1893-1981) despliega su
teoría sobre el desarrollo histórico de los derechos como resultado de la
tensión entre igualdad democrática y desigualdad económica. Para él, la
ciudadanía, es por un lado conquista de derechos y por el otro espacio de
conflicto donde se disputa por la expansión de esos derechos.
Según Marshall, la ciudadanía como construcción histórica ha
recorrido tres etapas. En la primera, correspondiente al siglo XVIII y asociada
al contractualismo, la ciudadanía se refirió a la adquisición de los derechos
civiles de propiedad, libertad de expresión, igualdad ante la ley, etc. Es la
ciudadanía asociada a la emergencia de la sociedad civil, como resultado
de las luchas de la burguesía para terminar con los privilegios de los grupos
sociales dominantes del Antiguo Régimen.
Posteriormente, en el siglo XIX, se amplía el área de derechos al ámbito
político, la ciudadanía política, emanada de la puja de las clases medias
industriales para ser incluidas dentro de la comunidad política. Está
relacionada a los procesos de democratización y a las instituciones
parlamentarias.
La tercera etapa corresponde al siglo XX, cuando se comienzan a
tener en cuenta los derechos sociales. A través de ellos, se pretende
garantizar a los ciudadanos los estándares históricos económicos y sociales,
que en cada sociedad específica, y su alcance en un momento
determinado de su desarrollo histórico social. Aquí se encuadran el derecho
al trabajo, a la salud, a la educación, a una vida digna, etc., tornando reales
los derechos formales. El actor fundamental es el movimiento obrero y su
lucha sindical.
Para Marshall, la ciudadanía es "aquel status que se concede a los
miembros de pleno derecho de una comunidad", lo que no excluye la
desigualdad, la presencia de miembros sin plenos derechos. Funciona como
un status ideal a conseguir; como significante que moviliza para conquistar
derechos y que una vez conquistados se llenan de contenidos. Desde esta
perspectiva la ciudadanía sería una institución que contempla la existencia
de la desigualdad y que excluye la igualdad real. "Su evolución - dice
Marshall - coincide con el auge del capitalismo, que no es un sistema de
igualdad sino de desigualdad".
La ciudadanía, entonces, desarrolla un tipo de igualdad compatible
con otros tipos de desigualdad. La paradoja es que su legitimación reside en
su función integradora de lo desigual, que supone y tolera. El éxito de la
democracia capitalista reside, en parte, en haber desarrollado un Estado
social que logró, como dice Ralph Milliband, conjurar las presiones desde
abajo transformando sus expresiones revolucionarias en reformistas, mientras
se sigue garantizando la acumulación de capital5.
Desde el materialismo histórico, el cuestionamiento radica en que el
mismo concepto de ciudadanía supone una sociedad compuesta por
individuos iguales y por lo tanto implica un ocultamiento de las relaciones de
clase, relaciones sociales antagónicas de explotación y opresión, de cuyo
develamiento y toma de conciencia dependerá la praxis revolucionaria que
permita el acceso a una sociedad sin desigualdades. Considerar al
ciudadano como punto de partida y no como resultado de las relaciones
sociales de producción en el modo de producción capitalista, conlleva el
ocultamiento de la lucha de clases bajo la forma demanda de los
ciudadanos.
No obstante, desde la izquierda también emergieron voces que
revitalizaron el discurso de la declaración de los derechos del hombre y del
ciudadano y de la revolución democrática francesa y estadounidense:
Ernesto Laclau y Chantal Mouffe señalan que, a partir de ese exterior
discursivo democrático de igualdad, las relaciones de subordinación se
transforman en sede de antagonismos y comienzan a sentirse y percibirse
como relaciones de opresión posibilitando la resistencia y la lucha6.
Se ha criticado el análisis de Marshall dado que su desarrollo histórico
de la ciudadanía no es aplicable al análisis de América Latina en la que los
derechos sociales asociados a los derechos de los trabajadores han sido
garantizados con anterioridad al pleno ejercicio de los derechos civiles y
políticos7. O incluso, al considerar las múltiples interrupciones de las
democracias en América Latina, es posible comprobar cómo los derechos
políticos han sido suprimidos y los partidos políticos proscriptos.
A pesar de las críticas, el pensamiento marshalliano se ha transformado
en un referente obligado y algunos autores, incluso desde una perspectiva
latinoamericana, rescatan la potencialidad del análisis de Marshall. Así,
Eduardo Bustelo8 resalta que si bien los tres tipos de ciudadanía (civil, política
y social) se asocian al principio de libertad, es el propio Marshall quien
reconoce la tensión inherente respecto de la igualdad ya que consideraba
al capitalismo como un sistema que producía desigualdades: mientras que
los derechos civiles no entran en contradicción con la lógica de mercado,
los derechos políticos, al ampliar las bases de participación a los grupos
anteriormente excluidos de la lucha política, posibilitaron la consolidación. En su análisis sostiene que la expansión de los derechos sociales sin el consecuente ejercicio pleno de una ciudadanía civil y política produce
consecuencias para el desarrollo y consolidación de las democracias latinoamericanas al tiempo que
la sociedad civil es colonizada por las organizaciones y corporaciones sindicales sostenidas desde el
estado. Esto habría impedido el desarrollo de un tejido asociativo fuerte más allá de las membresías
laborales, por lo que al entrar en crisis la sociedad salarial, se produce una desarticulación de la
sociedad civil, fragmentación y debilidad. También en Nun, José: “Democracia: ¿Gobierno del pueblo
o de los políticos?” podemos leer: "en América Latina, los derechos civiles y sociales acompañan muy
parcial e incompletamente los derechos políticos de la ciudadanía. Esto habla de la debilidad del
proceso de institucionalización del gobierno representativo (las llamadas <<democracias de baja
intensidad>>)”.
8 Bustelo, Eduardo: “Expansión de la ciudadanía y construcción de la democracia”. En: Bustelo, E. y
Minujín (editores), Todos Entran, Colombia, UNICEF/Santillana, 1998.
7
del reformismo social frente a la vía revolucionaria. Por eso la tensión se va a
centrar en la ciudadanía social que se encuentra limitada por la
imposibilidad de cambiar la estratificación social derivada de la lógica
capitalista. La respuesta de Marshall a esta tensión es la modificación de la
forma de distribución de la riqueza, garantizando a todos los ciudadanos un
piso de bienes y servicios esenciales. Siguiendo a Bustelo, su importancia
radica en que comprendió a “los derechos sociales como habilitaciones
para su ejercicio, como desarrollo de capacidades y por lo tanto, abiertos a
la posibilidad de su conquista. Los derechos sociales no son dádivas a
súbditos y presuponen la constitución de actores que ganen el espacio
político que posibilite su implementación efectiva”.
Como comentamos en otro lugar, “los derechos sociales se ganan en
la lucha por el poder dentro de la dimensión política y es en esa dimensión
donde se define el proceso de ampliación de la ciudadanía. En otras
palabras, los derechos adquieren sentido en contextos sociales
determinados y asociados a Instituciones específicas que permitan su
ejercicio, es decir, entender la ciudadanía en términos de prácticas
sociales”
9.
Según Liszt Vieira, existe una tensión interna entre derechos y Estado:
mientras los derechos civiles y políticos precisan de un Estado mínimo, los
derechos sociales precisan de un Estado muy presente con un desarrollo de
entramado institucional importante. En Ciudadanía y Control Social, expone:
“Así, la tesis actual del Estado mínimo -patrocinada por el neoliberalismo, que
parece haber predominado sobre la socialdemocracia en esta década -
corresponde no a una discusión meramente cuantitativa, sino a estrategias
diferenciadas de los diversos derechos que componen el concepto de
ciudadanía y de los actores sociales respectivos.”
10 Esta tensión quedó
puesta en evidencia con el desmantelamiento del Estado social y las
políticas neoliberales, cuestión que adquirió características devastadoras en
América Latina.
9 Lado, Núñez, Zapata: Op.Cit.
8
En la segunda mitad de nuestro siglo surgieron los llamados “derechos
de tercera generación”, derechos que tienen como titulares no a los
individuos sino a colectivos (pueblo, nación, minorías étnicas, la humanidad).
Dentro de estos derechos de tercera generación podemos citar como
ejemplo el derecho de autodeterminación de los pueblos, derechos
ambientales, de las mujeres, los niños, los jóvenes, los ancianos y otros
derechos incluidos dentro de lo que se llama derechos difusos cuyo ejercicio
requiere de la ponderación de la particularidad y la diferencia frente a la
igualdad y la universalidad y la implementación de la “discriminación
positiva” o compensatoria.
En la actualidad ya se habla de “derechos de cuarta generación”,
que tienen en cuenta cuestiones de bioética con el fin de evitar la
destrucción de la vida en el planeta y en un intento de regulación frente a
los avances de la biotecnología en la creación de nuevas formas de vida.
II.
Los debates sobre DDHH, su acceso y el respeto, están asociados a las
consideraciones sobre la dignidad humana, las prerrogativas inherentes a la
naturaleza de la persona “cuya realización efectiva resulta indispensable
para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad
jurídicamente organizada” e “ideal común por el que todas las naciones y
pueblos deberían esforzarse”.11 Por lo mismo, es el Estado el que debe
garantizar las condiciones objetivas necesarias para el acceso a los
derechos, incluyendo políticas que tiendan a superar las condiciones de
desigualdad, pobreza y discriminación de todo tipo.
Enrique Pérez Luño define a los derechos humanos como “conjunto de
facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las
exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales
10 Vieira, Liszt: Op. Cit.
11 Soberanes Fernández, José Luis (compilador), Tendencias actuales del derecho. 2a edición, México,
Fondo de Cultura Económica, 2001. Disponible en: http://www. bibliojuridica.org/libros/3/1376/27.pdf.
9
deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel
nacional e internacional.
12
Los derechos humanos pueden distinguirse de los demás derechos en
tanto son: a) inherentes al ser humano más allá de cualquier otra propiedad,
condición, accidente externo, reconocimiento o desconocimiento por parte
del Estado; b) universales porque son derechos adscriptos a todo ser humano
por su condición de tal; c) supremos porque tienen rango constitucional,
están reconocidos por la comunidad internacional, el concierto de naciones
y los particulares; d) transnacionales en tanto que ningún estado particular
puede impedir su protección internacional apelando a su soberanía para
afectarlos; e) irrenunciables dado que su vigencia no depende de la
voluntad particular ni pueden ser restringidos por ningún otro sujeto de
derecho; e) irreversibles e irrevocables y f) son progresivos en tanto mínimo
de derechos o derechos fundamentales de la condición de humanidad por
lo que todo otro derecho se anexa a esta condición y su negación implica la
negación de la condición humana.
Krel Vasak, exdirector de Paz de la UNESCO, identificó tres momentos o
generaciones -similares a la división tripartida de derechos planteada por Th.
Marshall- para la consideración de acceso a DDHH, generaciones que van
de lo individual a lo solidario:
1) Una primera generación de derechos civiles y políticos, originados en la
lucha y reivindicación burguesa y ligados históricamente al Estado liberal que
sucedió al absolutismo y su característica principal es la garantía de la
creación de un ámbito de libertad para los ciudadanos en el que sean los
ciudadanos quienes se procuren su bienestar: derechos y libertades
fundamentales del individuo, derecho a la vida, la libertad de expresión,
pensamiento, circulación, asociación y reunión, seguridad jurídica, derecho
a la nacionalidad, a asilo y refugio, entre otros.
12 Pérez Luño, Antonio Enrique, Derechos Humanos, Estado de Derecho y Constitución. 7a ed., Madrid,
10
2) Una segunda generación de derechos económicos, sociales y
culturales, englobados en el término de Derechos Sociales, originados en las
luchas del movimiento obrero y asociados a la conformación de los Estados
de Bienestar en el que el acceso a derechos está garantizado en tanto
pertenencia a un colectivo: seguridad social, derechos del trabajador, salud,
educación, vivienda, y los servicios sociales en general que son demandados
al estado y cuya concreción se asocia a políticas implementadas por
principalmente por éste. Se caracterizan por la exigencia de una
intervención directa del Estado para paliar desigualdades y están asociados
a un proceso histórico de democratización del Estado liberal (luchas por la
universalidad del sufragio y el derecho de asociación). Estos derechos
pretenden garantizar la base material del ejercicio de los derechos
fundamentales de la primera generación y hacer posible la igualdad de
derechos democrática. El sujeto de derecho son los individuos, pero
considerados desde su posición determinada en el entramado social y de
acuerdo con sus necesidades determinadas por esa condición. Una de las
características de los Derechos sociales es la de limitar la libertad del
mercado para corregir ciertas situaciones de desequilibrio social, por lo que
se puede afirmar que están sustentados en una concepción de la igualdad
material -y no formal o abstracta como los derechos de primera generación-.
Mientras que el valor que se protege en los derechos civiles y políticos es
principalmente la libertad, el valor tutelado en los derechos económicos,
sociales y culturales es la igualdad.
3) Es en los derechos humanos de tercera generación -que Vasek ubica a
partir de los ́70 y llama “derechos de solidaridad”- en los que la condición de
humanidad toma mayor trascendencia porque éstos consideran como
sujeto de derecho a todo grupo humano y refiere “al derecho de los pueblos
para reclamar ciertas prestaciones de la sociedad internacional”
13: derechos
a la paz, al desarrollo económico, a la libre determinación de los pueblos,
Tecnos, 2001, p. 48.
13 Flores Salgado, Lucerito L: Temas actuales de los derechos humanos de última generación,
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México, 2015.
11
derecho al desarrollo a un medio ambiente sano, al patrimonio cultural,
justicia trasnacional, así como los derechos del consumidor, de los niños y de
los ancianos, de las mujeres, de los pueblos, etc. Es decir, los llamados
derechos difusos, colectivos, transpersonales o supraindividuales. Los
derechos de tercera generación tienen como valor típico a la solidaridad
internacional en relación con el multiculturalismo y el respeto de las minorías.
El sujeto activo de derechos son los colectivos, los pueblos, los grupos
humanos. Se originan en las luchas de descolonización y de otros colectivos
sociales y se fundamentan en el reconocimiento de la pertenencia a la
comunidad humana y al mundo, proyectándose más allá de las fronteras
nacionales.
4) Las últimas décadas han visto emerger otras luchas por acceso a derechos
que dan lugar a la denominación de derechos de cuarta generación que se
agregan, en tanto derechos solidarios y de los pueblos, a los anteriores. Si
bien algunos autores discuten la existencia de la cuarta generación de
derechos y prefieren hablar en términos de expansión de derechos de la
tercera generación, otros plantean derechos de cuarta generación que
incluye a los derechos ambientales como derechos para generaciones
futuras, las nuevas formas que cobran los derechos de primera, segunda y
tercera generación en el entorno del ciberespacio y derechos asociados al
enorme cambio cualitativo que han supuesto el desarrollo en materia de
biotecnología e Internet que plantean debates éticos en torno a derechos
laborales, reproductivos, de género, de identidad, ambientales, de vida y de
muerte, de acceso a la información, de protección de datos y de la
exposición de la persona, etc. Las tensiones centrales son en torno a si las
nuevas plataformas de la comunicación e información contribuyen a la
politización o a la despolitización de los individuos y entre posiciones
transhumanistas y posturas bioconservadoras respecto de los avances en
biomedicina, todos ellos debates en torno a la dignidad humana.
En su libro Temas actuales de los derechos humanos de última
generación, Lucerito L. Flores Salgado aborda los derechos derivados del
avance de la ciencia y la tecnología y sus implicancias en el acceso a otros
12
derechos (con relación a la reproducción de la vida, derechos de
identidades y diversidades, derecho a la protección de datos personales,
derechos a la información, derechos laborales, etc). Los debates sobre estos
derechos están asociados a los avances de la revolución científico-
tecnológica sobre diferentes ámbitos de la vida social (tensión entre
libertades y derechos ciudadanos y la globalización). Los derechos de cuarta
generación incluyen derechos ya enunciados pero reformulados en términos
de las nuevas condiciones objetivas de la sociedad -la tecnología y la
globalización- así como derechos nuevos derechos relativos a la protección
ambiental y patrimonial para garantizar la vida en el planeta; derechos
relacionadas a los avances de las tecnologías biomédicas y su potencialidad
para modificar el estatuto jurídico de la vida humana y derechos derivados
de las nuevas tecnologías de la comunicación y la información.
Según Fraguas Madurgas,14 existe otra clasificación en función de las
reivindicaciones y luchas de diferentes grupos sociales según momentos
históricos que daría lugar a cinco generaciones de derechos. En la quinta
generación, que algunos desglosan de la cuarta generación, se incluirían los
derechos relativos al control del cuerpo y a la organización genética,
enfrentados a la mercantilización.
En tal sentido, Paulina González Aguilera15, nos describe el presente
como el “siglo biotecnológico” en el que la propuesta de una ciudadanía
biológica amplía la propuesta clásica sobre una ciudadanía tridimensional
de Th. Marshall. Si para Marshall la concreción de la igualdad requería de un
conjunto de derechos sociales (ciudadanía social), los avances
tecnocientíficos en el ambiente y en los cuerpos requieren de nuevas
lecturas sobre la igualdad.
14 Fraguas Madurga, Lourdes en Anuario del Centro de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia en Calatayud. N.o 21, pp. 117-136, 2015
15 Morales Aguilera, Paulina: Derecho y Justicia No 7, 2016, pp. 39-66
13
La autora sostiene que frente a la necesidad de gestionar los
diferenciales de desigualdad, la pregunta sobre la ciudadanía
digital/biológica con relación a los derechos humanos es una pregunta llena
de sentido en un contexto en el que el mercado aparece como el
articulador por excelencia de las relaciones sociales y donde lo virtual
aparece como un espacio desterritorializado, “fuera de los márgenes físicos
de la vida cotidiana de los individuos y fuera de los márgenes geográficos de
los Estados nacionales, con los consiguientes problemas en términos de
control y regulación, por ejemplo, frente a afectación de derechos”.
Fraguas Madurga16, nos alerta sobre los riesgos que supone cualquier
clasificación de derechos: el riesgo de que afecte el carácter integral e
inclusivo de los derechos; que produzca un encasillamiento excesivo de los
derechos en compartimentos estancos, olvidando que los bordes entre unas
generaciones y otras son fexibles y fluctuantes; el riesgo de convertir la
prioridad cronológica en prioridad axiológica, de manera que los derechos
de primera generación se contemplen no sólo como «primeros» en el tiempo,
sino también como «principales»; el riesgo de que nos lleve a pensar en la
inevitabilidad de las distintas generaciones de derechos y a estimar que se
producirán “naturalmente” olvidando que el acceso a derechos es resultado
de luchas y reivindicaciones continuas y que requieren su constante
ejercicio.
III.
La crisis del Estado de Bienestar, crisis del capitalismo y de sus
instituciones políticas, económicas y sociales a partir de los ’70, produce un
cambio en las formas de dominación y una ampliación de la colonialidad
del poder en todas las áreas de la vida social 17. Frente a la implementación
de políticas neoliberales, reestructuración del Estado y de su rol en la relación
capital/trabajo, avance y ampliación del mercado, surgen nuevos espacios
16 Fraguas Madurga, Op. Cit.
14
de resistencia que llevan a que desde las ciencias sociales cobre nuevos
bríos el estudio de la ciudadanía, ahora asociada al estudio de los nuevos
movimientos sociales que ponen de manifiesto la tensión entre derechos
universales y derechos particulares de determinados grupos. Esta tensión da
lugar a la emergencia de los denominados derechos de tercera y cuarta
generación, que plantean como sujeto de derecho, no ya al individuo, sino a
las colectividades étnicas, a los pueblos originarios, a las minorías, etc.
“Concomitantemente, y derivado de los debates sobre la
desterritorialización de los Estados y la deslegitimación de los partidos
políticos como organizaciones que pueden dar respuesta a las crecientes
demandas sociales, se están discutiendo nuevas formas de ciudadanía que
trasciendan la tradicional asociada al Estado-nación. [...]La pregunta
central ahora sería ¿cómo superar los dos obstáculos que permean la
connotación excluyente de la ciudadanía: la nacionalidad y el mercado?”
18
En América Latina, hasta la irrupción de las dictaduras militares, el
debate sobre ciudadanía estuvo centrado en torno a los derechos sociales
como garante de la posibilidad de ejercer los derechos civiles y políticos que
estaban formalmente garantizados. Es decir, el acceso a los derechos
sociales, que se asociaban en su ejercicio y acceso a la condición de
trabajador, se consideraba condición objetiva y subjetiva para el acceso
real a los derechos civiles y políticos formalmente establecidos.
Las dictaduras restringen los derechos en todas sus dimensiones, por lo
que el debate sobre la ciudadanía que resurge de la mano de los procesos
de transición a la democracia en los ’80, se transforma en espacio de disputa
respecto de cómo se estructurarán las relaciones que habiliten la
participación política, económica y social, y cómo se garantizará la
integración social y la gobernabilidad. En este proceso, surge una doble
identificación de los derechos con los derechos humanos -en tanto garantías
individuales- y con la democracia -en tanto forma de gobierno capaz de
garantizar su ejercicio-.
17 Quijano, Anibal: Colonialidad del poder, globalización y democracia, IPECAL, Lima, Perú, 2000.
18 Lado, Núñez, Zapata, Op.Cit.
15
La caída del Estado de bienestar y su entramado institucional, y las
consecuencias que ha tenido la implementación de las políticas neoliberales
en la región, cuya máxima expresión es la emergencia de sociedades
excluyentes, exacerba la tensión entre igualdad política y desigualdad
social, poniendo en crisis la asociación entre expansión de la ciudadanía e
integración social. Se postula entonces un nuevo concepto de ciudadanía
como espacio que dé cuenta de la pertenencia a múltiples formas de
interacción y participación social más allá de la pertenencia asociada a un
Estado. No obstante, la configuración de la sociedad excluyente que implicó
la expulsión de grandes masas de la población del acceso a recursos y
bienes sociales significativos, sumado al deterioro de las condiciones
objetivas de vida, ha tenido consecuencias devastadoras para la
conformación de una ciudadanía autónoma, capaz de definir sus
preferencias, estrategias y objetivos, de organizarse en la demanda de
acceso a derechos, proceso que Maristella Svampa, denomina proceso de
descolectivización creciente y otros denominan desciudadanización.
“Hoy, la ciudadanía parece haberse escindido en dos: la de los incluidos,
que reclaman por los llamados derechos difusos (calidad de vida,
preservación del medio ambiente, valoración de identidades, etc.) y la de
los excluidos, que reclaman por la vigencia de los derechos sociales básicos
(Levín, 2000)”
19.
Frente a este panorama, la cuestión central pareciera ser la de lograr
sociedades en las que la mayor parte de sus integrantes estén incluidos y
puedan ejercer sus derechos políticos y sociales. En esta línea, Luciano
Andrenacci (Andrenacci, 2019), propone el análisis de la ciudadanía en su
concreción histórica de membresía y de acceso a derechos diferenciales en
los estados territoriales de América Latina de acuerdo con tres componentes:
la inclusión relativa socioeconómica, la inclusión relativa sociocultural y la
inclusión relativa sociopolítica. Los Estados latinoamericanos tienen, según el
autor, elementos para materializar efectivamente la ciudadanía, pero de
19 Lado, Núñez, Zapata: Op. Cit.
16
modo parcial, fragmentado, asimétrico, heterogéneo y singular. Por lo
mismo, la pertenencia y la membresía (la ciudadanía y el acceso a
derechos) es efectiva pero insuficiente y desigual, y su análisis es clave para
el diseño de políticas públicas.
IV.
Algunos desarrollos ponen el acento en la relación entre ciudadanía y
exclusión. Desde esta perspectiva interesa destacar aquéllos que señalan la
diversidad étnica y cultural de los países latinoamericanos. La
multiculturalidad puede entrar en colisión con los sistemas legales y
normativos hegemónicos (de la modernidad occidental) al cuestionar, por
ejemplo, determinadas concepciones sobre los derechos de propiedad.
Desde esta perspectiva son interesantes los trabajos que analizan los
conflictos entre las formas de propiedad de la tierra que asumen las
comunidades indígenas y la propiedad privada capitalista garantizada en
general por los sistemas jurídicos de los países de la región que produce una
jerarquización de los ciudadanos de acuerdo a sus posibilidades reales de
acceso y ejercicio de los derechos.
Sinesio López, en su libro Ciudadanos reales e imaginarios.
Concepciones, desarrollo y mapas de la ciudadanía en el Perú (López, 1997),
establece, para el caso de Perú, mapas de ciudadanía de acuerdo con las
desigualdades de status al interior de los territorios, en los que remite a la
existencia de ciudadanos de primera, segunda y tercera clase que conviven
dentro del mismo espacio social segmentado de acuerdo al diferencial
acceso a derechos de acuerdo a su pertenencia de clase, género, étnicas,
de acceso a la educación y a la salud. Si bien reconoce la ampliación del
acceso a derechos de gran parte de la población a partir del siglo XX en el
que se produjo el paso de una “sociedad cerrada de señores, a una
sociedad de ciudadanos a través de un proceso que todavía no ha
concluido, (...) es este un proceso en el que se ha podido constatar la
17
emergencia masiva de peruanos con derechos de diverso tipo, más o menos
reconocidos, aunque difícilmente garantizados".
En la misma línea y dentro de las investigaciones urbanas que articulan
-en sus análisis sobre derechos y la ciudadanía-, el derecho de propiedad y
el acceso a la vivienda, se pone de manifiesto la contradicción entre un
derecho social y el derecho civil de propiedad como:
“derecho de exclusión garantizado por el Estado. [...]La propiedad está
instituida como la base legal que posibilita el intercambio y el mercado
legitima la fragmentación: ser o no ser ocupante ilegal 20. [...]el ocupante
ilegal sería un ciudadano de segunda categoría [...]Sin embargo, estas
investigaciones trascienden ese emergente y analizan la esencia,
centrándose en un viraje de las normas a las prácticas sociales, es decir,
"saltan" de la propiedad como institución legal, a la apropiación como
proceso social legítimo y abundan en la posibilidad de que las distintas
maneras de apropiarse de los mismos bienes resulten en fuente de nueva
producción jurídica. En otras palabras, resignificar el derecho del modo
que lo utilizan los actores sociales y no como un objeto en sí mismo [...]”.
21
Otros estudios trasladan el eje de la discusión al análisis de las
desigualdades materiales y su impacto en el desarrollo de una ciudadanía
plena, considerando que es necesario el acceso a determinadas
condiciones materiales (y también simbólicas) como garantía de la
participación política. En ellos, se discute la noción de igualdad y se
propone su reemplazo por el concepto de equidad o igualdad compleja
como reconocimiento de las diferencias y promoción de acciones que
compensen las desigualdades de género, étnicas, territoriales y de edad en
las políticas sociales. Dentro de esta perspectiva encontramos los planteos
de la CEPAL (Educación y conocimiento, ejes de la transformación
productiva con equidad), los de Minunjín y Bustelo (Todos entran. Propuestas
para sociedades incluyentes), los de José Nun (Democracia. ¿Gobierno del
pueblo o gobierno de los políticos?), entre otros. Todos parten de un
diagnóstico de las condiciones de desigualdad, polarización, pobreza y
exclusión social en Latinoamérica y su efecto en los procesos político-
20 Carman, M. (1995): "Juegos de reconocimiento e invención de identidades. Ser o no ser...ocupante
ilegal", Ponencia presentada a las Primeras Jornadas sobre Problemática Urbana, IGG, Buenos Aires.
21 Lado, S. , Núñez, A. y Zapata, J: Op. Cit.
18
democráticos, pero si tanto el planteo de CEPAL como el de Bustelo y Minujín
privilegian una mirada con relación a las políticas sociales, el planteo de Nun
se muestra crítico respecto de las mismas y de las formas democráticas
vigentes en la reversión de las condiciones de desigualdad. Propone corregir
los defectos de la democracia con nuevas formas institucionales que
promuevan la democracia directa y que eliminen la división ente política y
economía.
Eduardo Bustelo, considera la relación existente entre política social y
proceso de expansión de la ciudadanía22. Toda política social lleva implícita
una concepción particular sobre derechos sociales y ciudadanía, así como
una definición ontológica del sujeto destinatario. Es así que va contraponer
dos modelos, dos paradigmas de ciudadanía, que atraviesan la definición
de la política social en los países de América Latina: 1) La ciudadanía
asistida, derivada de la racionalidad capitalista, parte de una concepción
atomística de la sociedad en la que son los individuos quienes -buscando su
propio provecho personal-, producen el bienestar general, por lo que dentro
de esta concepción los derechos sociales no son demandables por no poder
ser adscriptos a individuos. 2) La ciudadanía emancipada, en cambio,
derivado de una concepción socialista, solidaria, parte de una concepción
comunitaria en la que los derechos se derivan de la pertenencia a una
comunidad y son los derechos sociales los que prevalecen, garantizando la
calidad de miembro de la comunidad. En este caso, se privilegia la
existencia de un “nosotros” y se considera que es la ciudadanía social la que
habilita el acceso al resto de los derechos.
En la misma línea y recuperando la concepción de Hanna Arendt (la
ciudadanía como el “derecho a tener derechos”), Elizabeth Jelín pone el
acento en el umbral de humanidad (necesidades básicas satisfechas,
sentido de pertenencia e historia compartida) y la revalorización del espacio
público como condición para el ejercicio de la ciudadanía: “La pertenencia,
la interacción, la ausencia de aislamiento son las bases fundantes de la idea
22 Bustelo, Eduardo: Op. Cit.
19
de comunidad y humanidad. En otras palabras, se necesita espacio público,
la presencia del otro, la interacción para convertirnos en humanos”. 23
En el libro que compila junto con Sergio Caggiano y Laura Mombello
(2012) centran su preocupación sobre la brecha que existe entre los
derechos adquiridos y su accesibilidad como eje central para pensar la
acción política y como debate de las ciencias sociales sobre la relación
Estado/Sociedad civil en el diseño de marcos regulatorios que garantizaran
los derechos en el marco de los procesos de democratización en América
Latina.
Las cuestiones que orientan el análisis remiten a la influencia de la
acción colectiva en la ampliación de derechos y el cumplimiento de los
derechos formalmente reconocidos, analizando la tensión entre la lógica
formal del derecho y la lógica de las prácticas de la acción colectiva.
El análisis de la coyuntura sirve de excusa para encontrar respuestas a
los debates teóricos en torno a la relación ciudadanía y derechos humanos.
Los capítulos se ordenan de acuerdo a un recorrido desde una mirada
integral de la relación entre ciudadanía y derechos humanos, y el
concomitante reconocimiento de que implica el acceso a derechos que son
inescindibles unos de otros; seguidamente se analiza la articulación entre los
derechos y la movilización de los agentes sociales comprometidos en su
concreción ya sea de organizaciones de la sociedad civil o de movimientos
sociales24 ; por último, las marcas de género en estas luchas por los derechos
y la ampliación de la ciudadanía tanto en los movimientos como en la
intervención de la institucionalización de los marcos regulatorios.
23 Jelin, Elizabeth:“La construcción de la ciudadanía” en Ansaldi, Waldo (comp.)
Ciudadanía(s), Udishal, FCE UBA, Buenos Aires, 2004. Ver también en este libro el capítulo “Ciudadanía
emergente y exclusión” de la misma autora.
24 En otro lugar hemos realizado un análisis de cómo un movimiento social puede dar lugar a una
organización de la sociedad civil y volver a conformar un movimiento social al aparecer un nuevo
evento movilizador. Ver Lado, Silvana Inés (2002) Asociaciones Vecinales y Ciudad. (Estudio de las
reivindicaciones urbanas y estrategias barriales). Tesis de Maestría FLACSO/UNMdP. Disponible en
FCEyS/UNMdP.
20
Elizabeth Jelin, luego de introducir la discusión sobre ciudadanía, nos
presenta un interrogante, “¿En qué relaciones sociales ejercemos
efectivamente nuestros derechos ciudadanos?”, para presentarnos la
relación entre movimientos sociales y acción colectiva en su doble rol
(instrumental y expresivo) como prácticas que fortalecen las instancias
institucionales de la democracia. El planteo permite pasar de la categoría
ciudadanía (en relación con el Estado Nación desde su impronta de origen),
hacia la perspectiva de derechos humanos como derechos que implican el
acceso a derechos de colectivos y que no son accesibles desde la
perspectiva del individuo. Asimismo, muestra cómo las organizaciones
sociales permean las fronteras del Estado y cuestionan la legitimidad de su
marco regulatorio basando su accionar en los sentidos de pertenencia
identitaria y neo comunitaria. Los trabajos compilados dan cuenta de cómo
a partir de la acción colectiva se produce la incorporación de nuevos
derechos a la vez que señalan la brecha entre los marcos regulatorios y el
acceso a derechos.
V.
En Estado, Democracia y proyecto de Nación. Modelos de ciudadanía
en los ’90, Maristella Svampa (Svampa, 2004) plantea que la pregunta por la
ciudadanía después de décadas de democracia nos enfrenta con una
realidad negativa y difícil.
Analiza los modelos y figuras de ciudadanía realmente existentes que
remiten a la renuncia a modelos más universalistas de derechos. Para esto
señala como problemática importante, los modelos de ciudadanía que se
consolidaron en los ’90 a partir del despojo y la conculcación de los
derechos sociales de una parte importante de la población.
En primer lugar, sostiene que en Argentina nunca hubo un modelo de
ciudadanía efectivamente universalista y para ilustrarlo refiere a las
teorizaciones e investigaciones que se desarrollaron en los ’60 sobre
marginalidad en América Latina. En ellas se demuestra que los individuos
dependieron menos de mecanismos de integración sistémica que de redes
21
solidarias y de sobrevivencia generadas a partir de los propios contextos de
pobreza (Nun y Quijano).25
En América latina la característica ha sido la existencia de formas de
integración y exclusión muy diferenciadas, formas de geometría variable, en
donde Argentina se planteaba como una excepción porque fue uno de los
pocos países de la región que tuvo sociedad salarial (en términos de Robert
Castel) con el modelo justicialista o peronista de acumulación. Por lo tanto,
amplios sectores de la población fueron integrados a través del trabajo y a
partir de ello tuvieron acceso a derechos laborales, protección laboral y
estabilidad. Si bien no se daba acceso igualitario a los derechos sociales y
estuvo “lejos de ser la encarnación de la justicia social”, el modelo habría
logrado integrar amplios sectores populares al funcionar con una lógica
igualitaria y establecer fronteras sociales menos rígidas y jerárquicas.
El pasaje a un nuevo tipo de sociedad llevó a la polarización, la
multiplicación de las desigualdades sociales y las distancias sociales,
presentando una nueva cartografía en la que puede delinearse: 1) una
franja de ganadores pertenecientes a los grandes grupos económicos y a la
nueva clase de servicios compuesta por gerentes y profesionales); 2) un
conglomerado de perdedores: que incluye importantes sectores de clase
media de servicios, pauperizados de la clase media y el nuevo proletariado
de servicios asociado a las nuevas modalidades de trabajo precario y flexible
y a la desafiliación laboral; la clase trabajadora afectada por el
debilitamiento de los derechos sociales y por la expulsión del mundo del
trabajo que conforman el nuevo proletariado marginal (masa de
desocupados con escasa vinculación con el sistema).
A esta nueva matriz social le corresponden nuevas formas de
ciudadanía como límite en el acceso a recursos, bienes y derechos sociales.
El nuevo tipo de sociedad supone la redefinición de la relación entre Estado
y Sociedad, cambios en las formas de regulación social, afirmación de la
25 Este déficit estructural de los soportes públicos en el desarrollo de la ciudadanía es el que otorga
relevancia a las actuales investigaciones a partir del concepto de territorialidad que da cuenta de la
imbricación entre procesos y agentes.
22
preeminencia del mercado como mecanismo de inclusión social y
reformulación del rol del individuo frente a la nueva dinámica de
individualización y privatización de las diferentes áreas de la vida y como
otra cara del proceso de globalización. Ahora el individuo enfrenta una
mayor exigencia de autonomía y autorregulación: la sociedad exige a los
individuos que se hagan cargo de sí mismos y que, independientemente de
los recursos materiales y simbólicos, desarrollen los soportes necesarios y las
competencias para garantizar el acceso a bienes sociales.
En Argentina, la desregulación y los programas de ajuste estructural
implicaron la pérdida de soportes sociales y materiales que durante décadas
configuraron las identidades sociales. La pérdida de referencias colectivas es
tal que hay que hablar de descolectivización masiva de la sociedad civil.
Asimismo, supuso el fenómeno de reenclasamiento de amplios sectores
sociales expulsados de sus anteriores pertenencias de clase.
El modelo neoliberal, caracterizado por la redefinición de los roles del
Estado, la primacía del mercado y un proceso de individualización
compulsivo, produjo nuevos modelos de ciudadanía en los 90: la ciudadanía
patrimonialista; la ciudadanía del usuario consumidor y la ciudadanía
asistida. Estos tres tipos de ciudadanía están restringidos en cuanto a:
dimensiones que abarcan, población y derechos, y están muy distanciadas
de un modelo más igualitario, incluyente y universalista.
La ciudadanía patrimonial es vista como una figura valorada
positivamente y es consustancial al modelo neoliberal. Se fundamenta en
dos ejes: el del ciudadano contribuyente y en la autorregulación individual.
Los beneficiarios son los que tienen recursos materiales y simbólicos, soportes,
y acceso a bienes sociales y materiales. Su cartografía se hace visible en la
expansión de las urbanizaciones privadas: nuevas configuraciones urbanas
basadas en la segregación espacial. Es un tipo de ciudadanía centrada en
la privatización de los bienes sociales que busca realizar sus aspiraciones
comunitarias entre sus semejantes (frontera espacial, acceso a la propiedad,
afirmación de homogeneidad social del “gente como uno”, son sus marcas.
Conforman una nueva sociedad con reglas propias, diferente de la
23
sociedad desregulada y anómica, cuyos límites como comunidad es que se
basa en principios de mercantilización del lazo social y no en la solidaridad.
Hay una mercantilización de la sociabilidad y la reciprocidad. Como
consecuencias perversas señala el vandalismo infantil y los crímenes. La
seguridad privada es su marca de status.
El modelo del ciudadano consumidor es una figura que propone la
inclusión a través del consumo y que nació de la mano de la convertibilidad,
la fantasía de pertenecer al primer mundo, del dólar barato, etc. Ocultó
otras dimensiones del modelo neoliberal (como la dinámica relacional
excluyente mediante la ilusión de inclusión que conllevaba la destrucción de
puestos de trabajo y el aumento de las desigualdades sociales).
El tercer modelo de ciudadanía, la asistencialista, está ligada a las
fuerzas excluyentes del modelo neoliberal. Incluye a los sectores expulsados,
desvinculados del trabajo formal e informal, desconectados de las
instituciones educativas y políticas y con escasas posibilidades de consumo
(pobreza y desocupación como problemáticas centrales de la sociedad
argentina). Es un modelo asistencial reservado a la población excluída y
vuelve a la concepción del pobre merecedor. Se implementan políticas
focalizadas del Estado para la asistencia y contención de sujetos sin recursos
materiales o que no pueden integrarse al mercado de trabajo. La propuesta
del modelo neoliberal es la inclusión de estos sectores, pero se los incluye en
tanto excluidos (por medio de la intervención territorial en los barrios que se
da luego del eclipse del mundo del trabajo urbano y el pasaje de la fábrica
al barrio como locus privilegiado de construcción de identidades colectivas).
Se produce la emergencia del mundo comunitario de los pobres urbanos y la
redefinición del peronismo mediante la multiplicación de las formas políticas
de intervención territorial (de la unidad básica al comedor comunitario). Se
establece una nueva relación con los sectores populares, el clientelismo
afectivo, que incluye la dimensión simbólica y afectiva vinculada a la
memoria y lealtad hacia el peronismo (nuevo modelo de legitimación).
Frente a esta situación y a la exigencia de autorregulación en un
contexto en el que no existen los soportes necesarios para autorregularse, el
24
recurso es la autorregulación comunitaria. Es paradójico cómo el desarrollo
de las redes comunitarias locales, que antes era visto por los organismos
internacionales como un obstáculo a la modernización, ahora es una
dimensión revalorizada en los debates en los que es reinterpretada como
capital social comunitario.
El modelo asistencial señala la omnipresencia del estado, más que su
ausencia y retiro, en el control biopolítico de los sectores pobres de la
población (incluir al excluido en tanto excluido y no a partir de un mayor
desarrollo de la ciudadanía que termina restringida el espacio de las
necesidades básicas insatisfechas).
Finalmente, Svampa se pregunta si el desarrollo de redes comunitarias,
redes locales, posibilita el ejercicio de nuevas formas de ciudadanía o
constituye una nueva modalidad de administración de la pobreza. Sostiene
que el mundo comunitario es complejo y dentro de este mundo complejo
reivindica a las organizaciones piqueteras como organizaciones político-
sociales que pueden abrir una brecha política en el mundo de los pobres
urbanos, articulando tres ejes: la acción directa, la dinámica asamblearia y
las experiencias de autogestión. Considera que constituyen un aporte a la
recomposición de relaciones y lazos sociales nuevos como espacios de
posible acción emancipatoria.
Consideraciones finales
Algunas cuestiones que hemos señalado nos permiten reflexionar sobre
las tensiones que atraviesan la consideración de la ciudadanía como idea,
mito, concepto, ejercicio y práctica efectiva, a través de su desarrollo
histórico. Estas tensiones permiten también vislumbrar las luchas y resistencias,
los corrimientos de límites y fronteras que supone la disputa por el acceso
pleno a derechos dentro de una comunidad política. Supone también la
construcción de un sentido de pertenencia, de un nosotros y un otros, más o
menos inclusivo.
Entre las tensiones hemos remarcado, sin ambición de exhaustividad,
algunas que nos parecieron centrales para la discusión en la asignatura
25
Problemas Sociales Latinoamericanos. Para ello hemos tomado en
consideración la continuidad que tiene la asignatura con Sociología, por lo
que hemos dado por supuesto algunas nociones que aquí no se han
desarrollado. También hemos subrayado y seleccionado aquellas tensiones
que nos permiten avanzar en las problemáticas que forman parte de la
currícula de la materia.
Recapitulando, tensión entre igualdad formal y desigualdad real, entre
universalidad de los derechos y particularidad de las poblaciones, entre
homogeneidad de derechos y heterogeneidad de prácticas, entre
dimensiones de la ciudadanía y condiciones objetivas y subjetivas para su
acceso, son algunas de las cuestiones que nos permiten seguir debatiendo y
reflexionando, no para dar por cerrado el tema, sino para dejarlo abierto a
la discusión. Pero sobre todo para ponerlo en contexto, para entender los
condicionamientos, para construir y proyectar en la dimensión política de su
ejercicio.
Referencias bibliográficas
Andrenacci, L. (2019). Desigualdad y exclusión en América Latina. Estado y
Políticas Públicas(12), 31-53.
Andrenacci, L. (2006). Problemas de política social en la Argentina
contemporánea. . Buenos Aires: UNGS/Prometeo.
Arantes, A. (1999). Desigualdad y diferencia. Cultura y ciudadanía en
tiempos de globalización. En R. Bayardo, & M. Lacarrieu, La dinámica
global/local. Cultura y comunicación, Nuevos desafíos. Buenos Aires:
CICCUS/La Crujía.
Bustelo, E. (1998). Expansión de la ciudadanía y construcción de la
democracia. En E. Bustelo, & A. (. Minujín, Todos entran. Propuestas
para sociedades incluyentes. Colombia: UNICEF/Santillana.
Calderón, F. (1999). Derechos humanos, ciudadanía y desarrollo humano.
Socialis(1).
CEPAL. (2000). Equidad, desarrollo y ciudadanía. Santiago de Chile: CEPAL.
Cheresky, I. (1999). ¿Hacia una nueva ciudadanía en Argentina? Nueva
Sociedad, 159.
Demo, P., & Aranha Oliveira, L. (1997). Ciudadanía y derechos humanos
desde la perspectiva de las políticas públicas. Naciones Unidas.
26
Flores Salgado, L. L. (2015). Temas actuales de los derechos humanos de
última generación. Puebla. México: Benemérita Universidad Autónoma
de Puebla.
Fraguas Madurga, L. (2015). El Conscepto de Derechos fundamentales y las
Generaciones de Derechos. (UNED, Ed.) Anuario del Centro de la
Universidad Naciona de Educación a distancia en Calatayud(21), 117-
136.
Garretón, M. (1999). Los nuevos proceos y la ciudadanía. Univerdidad de
Chile.
Garretón, M. (2002). La transformación de la accion colectiva en América
Latina. Revista de la Cepal(76).
Giovine, R., Martignoni, L., & Suasnabar, C. (2002). Identidades y diferencias.
Desplazamientos y redefiniciones., Documento de trabajo . Seminario
Prof. Garretón. Doctorado en Ciencias Sociales FLACSO. Inédito.
González Bombal, I. (1995). Entre el Estado y el Mercado. Ong ́s y Sociedad
civil en Argentina. En A. Thompson, Público y Privado. Buenos Aires:
Unicef/Losada.
Jelín, E. (2004). La construcción de la ciudadanía. En W. (. Ansaldi,
Ciudadanía(s). Buenos Aires: Udishal, FCE UBA.
Jelin, E., Cagghiano, S., & Mombello, L. (. (2011). Por los derechos. Mujeres y
hombres en la acción colectiva. Buenos Aires: Trilce Editorial. .
Laclau, E., & Mouffe, C. (1987). Hegemonía y Estrategia Socialista. Hacia la
radicalización de la democracia. Madrid: Siglo XXI.
Lado, S. I. (2002). Asociaciones Vecinales y ciudad. Estudio de las
reivindicaiones urbanas y estrategias barriales. . Mar del Plata: Tesis de
Maestría FLACSO/UNMdP.
Lado, S., Núñex, A., & Zapata, j. (2002). Ciudadanía. Documento de Trabajo.
Buenos Aires: Inédito.
Levín, S. (2000). La ciudadanía social argentina en los umbrales del siglo XXI.
En S. Hintze, Estado y sociedad. Las políticas sociales en los umbrales
del siglo XXI. Buenos Aires: Eudeba. Colección CEA Nro. 27.
López, S. (1997). Ciudadanos reales e imaginarios : concepciones, desarrollo
y mapas de la ciudadanía en el Perú. Lima: Instituto de Diálogo y
Propuestas.
Manuel, G. (2002). La transformación de la acción colectiva en América
Latina. Revista de la Cepal(76).
Marshall, T. H. (1950). Citezenship ans social class. Cambridge: University Press.
27
Miliband, R. (1991). Análisis de Clases. En A. Giddens, & J. y. Turner, La Teoría
Social Hoy. México: Alianza.
Morales Aguilera, P. (2016). Los derechos humanos de cuarta generación
desde la noopolítica. Derecho y Justicia(7), 39-66.
Nardacchione, G. (1998). La ciudadanía como significante social:
¿reonceptualización y ocaso? Revista Doxa(año IX Nro. 18).
Nun, J. (2000). Democracia ¿Gobierno del pueblo o gobierno de los políticos.
Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.
Pérez Luño, A. E. (2001). Derechos Humanos, Estado de Derecho y
Constitución. Madrid: Tecnos.
Quijano, A. (2000). Colonialidad del poder, globalización y democracia.
Lima: IPECAL.
Quijano, A. (2000). Poder y Derechos humanos. Poder, Salud Mental y
Derechos Humanos.
Silva, J. C. (abril de 2001). Ciudadanía: entre el debate crítico, la lucha
política y la utopía. Ultima Década, 9(14).
Soberanes Fernández, José Luis. (2001). Tendendias actuales del derecho.
México: Fondo de Cultura Económica.
Sojo, C. (2002). La noción de ciudadanía en el debate latinoamericano.
Revista de la CEPAL(76), 25-38.
Strasser, C. (2005). Identidad cultural y ciudadanía. La tensión
iberoamericana. Estudios Sociales, 16(1), 95-109.
Svampa, M. (2004) Estado-democracia y proyecto de Nación. Modelos de
ciudadanía y actores sociales durante los noventa, Revista Escenarios,
8.
Svampa, M. (2005). La Sociedad Excluyente. La Argentina bajo el signo del
neoliberlaismo. . Buenos Aires: Taurus.
Svampa, M. (2016). Debates Latinoamericanos. Indianismo, desarrollo,
dependencia y populismo. Buenos Aires: Edhasa.
Vieira, L. (1998). Ciudadanía y control social. United Nations Online Network in
Public Administratio and Finance.
28
Bibliografía
Andrenacci, Luciano, 2006. Problemas de política social en la
Argentina contemporánea.. Buenos Aires: UNGS/Prometeo.
Andrenacci, L., 2019. Desigualdad y exclusión en América Latina.
Estado y Políticas Públicas, Issue 12, pp. 31-53.
Arantes, A., 1999. Desigualdad y diferencia. Cultura y ciudadanía en
tiempos de globalización. En: La dinámica global/local. Cultura y
comunicación, Nuevos desafíos.. Buenos Aires: CICCUS/La Crujía.
Bustelo, E., 1998. Expansión de la ciudadanía y construcción de la
democracia.. En: Todos entran. Propuestas para sociedades incluyentes..
Colombia: UNICEF/Santillana.
Calderón, F., 1999. Derechos humanos, ciudadanía y desarrollo
humano.. Socialis, Issue 1.
CEPAL, 2000. Equidad, desarrollo y ciudadanía., Santiago de Chile:
CEPAL.
Cheresky, I., 1999. ¿Hacia una nueva ciudadanía en Argentina?. Nueva
Sociedad, Volumen 159.
Demo, P. & Aranha Oliveira, L., 1997. Ciudadanía y derechos humanos
desde la perspectiva de las políticas públicas., s.l.: Naciones Unidas.
Flores Salgado, L. L., 2015. Temas actuales de los derechos humanos de
última generación. Puebla. México: Benemérita Universidad Autónoma de
Puebla.
Fraguas Madurga, L., 2015. El Conscepto de Derechos fundamentales y
las Generaciones de Derechos. Anuario del Centro de la Universidad
Naciona de Educación a distancia en Calatayud, Issue 21, pp. 117-136.
Garretón, M., 1999. Los nuevos proceos y la ciudadanía, s.l.:
Univerdidad de Chile.
Garretón, M., 2002. La transformación de la accion colectiva en
América Latina. Revista de la Cepal, Issue 76.
Giovine, R., Martignoni, L. & Suasnabar, C., 2002. Identidades y
diferencias. Desplazamientos y redefiniciones., Documento de trabajo , s.l.:
Inédito.
González Bombal, I., 1995. Entre el Estado y el Mercado. Ong ́s y
Sociedad civil en Argentina. En: Público y Privado. Buenos Aires:
Unicef/Losada.
29
Jelín, E., 2004. La construcción de la ciudadanía. En: Ciudadanía(s).
Buenos Aires: Udishal, FCE UBA.
Jelin, E., Cagghiano, S. & Mombello, L. (., 2011. Por los derechos.
Mujeres y hombres en la acción colectiva.. Buenos Aires: Trilce Editorial. .
Laclau, E. & Mouffe, C., 1987. Hegemonía y Estrategia Socialista. Hacia
la radicalización de la democracia.. Madrid: Siglo XXI.
Lado, S.; Núñex, A. y Zapata, j., 2002. Ciudadanía, Buenos Aires: Inédito.
Lado, S. I., 2002. Asociaciones Vecinales y ciudad. EStudio de las
reivindicaiones urbanas y estrategias barriales.. Mar del Plata: Tesis de
Maestría FLACSO/UNMdP.
Levín, S., 2000. La ciudadanía social argentina en los umbrales del siglo
XXI. En: Estado y sociedad. Las políticas sociales en los umbrales del siglo XXI.
Buenos Aires: Eudeba. Colección CEA Nro. 27.
López, S., 1997. Ciudadanos reales e imaginarios : concepciones,
desarrollo y mapas de la ciudadanía en el Perú. Lima: Instituto de Diálogo y
Propuestas.
Manuel, G., 2002. La transformación de la acción colectiva en América
Latina. Revista de la Cepal, Issue 76.
Marshall, T. H., 1950. Citezenship ans social class. Cambridge: University
Press.
Miliband, R., 1991. Análisis de Clases. En: La Teoría Social Hoy. México:
Alianza.
Morales Aguilera, P., 2016. Los derechos humanos de cuarta
generación desde la noopolítica. Derecho y Justicia, Issue 7, pp. 39-66.
Nardacchione, G., 1998. La ciudadanía como significante social:
¿reonceptualización y ocaso?. Revista Doxa, Issue año IX Nro. 18.
Nun, J., 2000. Democracia ¿Gobierno del pueblo o gobierno de los
políticos. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.
Pérez Luño, A. E., 2001. Derechos Humanos, Estado de Derecho y
Constitución. Madrid: Tecnos.
Quijano, A., 2000. Colonialidad del poder, globalización y democracia,
Lima: IPECAL.
Quijano, A., 2000. Poder y Derechos humanos. Poder, Salud Mental y
Derechos Humanos.
Silva, J. C., 2001. Ciudadanía: entre el debate crítico, la lucha política y
la utopía. Ultima Década, abril.9(14).
30
Soberanes Fernández, José Luis, 2001. Tendendias actuales del
derecho. México: Fondo de Cultura Económica.
Sojo, C., 2002. La noción de ciudadanía en el debate latinoamericano.
Revista de la CEPAL, Issue 76, pp. 25-38.
Strasser, C., 2005. Identidad cultural y ciudadanía. La tensión
iberoamericana. Estudios Sociales, 16(1), pp. 95-109.
Svampa, M., 2005. La Sociedad Excluyente. La Argentina bajo el signo
del neoliberlaismo.. Buenos Aires: Taurus.
Svampa, M., 2016. Debates Latinoamericanos. Indianismo, desarrollo,
dependencia y populismo.. Buenos Aires: Edhasa.
Vieira, L., 1998. Ciudadanía y control social. United Nations Online
Network in Public Administratio and Finance.
Bibliografía
Andrenacci, Luciano. «Desigualdad y exclusión en América Latina.» Estado y
Políticas Públicas, no 12 (2019): 31-53.
—. Problemas de política social en la Argentina contemporánea. . Buenos
Aires: UNGS/Prometeo, 2006.
Arantes, Antonio. «Desigualdad y diferencia. Cultura y ciudadanía en
tiempos de globalización.» En La dinámica global/local. Cultura y
comunicación, Nuevos desafíos., de R. Bayardo y M. Lacarrieu. Buenos
Aires: CICCUS/La Crujía, 1999.
Bustelo, Eduardo. «Expansión de la ciudadanía y construcción de la
democracia.» En Todos entran. Propuestas para sociedades
incluyentes., de E. Bustelo y A. (ed.) Minujín. Colombia:
UNICEF/Santillana, 1998.
Calderón, F. «Derechos humanos, ciudadanía y desarrollo humano.» Socialis
(Homo Sapiens), no 1 (1999).
CEPAL. Equidad, desarrollo y ciudadanía. Santiago de Chile: CEPAL, 2000.
Cheresky, Isidoro. «¿Hacia una nueva ciudadanía en Argentina?» Nueva
Sociedad 159 (1999).
Demo, P., y L. Anaha Oliveira. Ciudadanía y derechos humanos desde la
perspectiva de las políticas públicas. Cuadernos de la CEPAL,
Naciones Unidas, 1997.
31
Flores Salgado, Lucerito L. Temas actuales de los derechos humanos de
última generación. Puebla. México: Benemérita Universidad Autónoma
de Puebla, 2015.
Fraguas Madurga, Lourdes. «El Conscepto de Derechos fundamentales y las
Generaciones de Derechos.» Editado por UNED. Anuario del Centro de
la Universidad Naciona de Educación a distancia en Calatayud, no 21
(2015): 117-136.
Garretón, Manuel. «La transformación de la accion colectiva en América
Latina.» Revista de la Cepal, no 76 (2002).
Garretón, Manuel. Los nuevos proceos y la ciudadanía. Taller de discusión
Proyecto Estado y generación de espacios democráticos. Centro de
análisis de políticas públicas, Univerdidad de Chile, 1999.
Giovine, R.., L. Martignoni, y C, Suasnabar. Identidades y diferencias.
Desplazamientos y redefiniciones., Documento de trabajo . Seminario
Prof. Garretón. Doctorado en Ciencias Sociales FLACSO, Inédito, 2002.
González Bombal, Inés. «Entre el Estado y el Mercado. Ong ́s y Sociedad civil
en Argentina.» En Público y Privado, de Andrés Thompson. Buenos Aires:
Unicef/Losada, 1995.
Jelin, E., S. Cagghiano, y L. (Ed.) Mombello. Por los derechos. Mujeres y
hombres en la acción colectiva. Buenos Aires: Trilce Editorial. , 2011.
Jelín, Elízabeth. «La construcción de la ciudadanía.» En Ciudadanía(s), de
Waldo (Comp.) Ansaldi. Buenos Aires: Udishal, FCE UBA, 2004.
Laclau, E., y Ch. Mouffe. Hegemonía y Estrategia Socialista. Hacia la
radicalización de la democracia. Madrid: Siglo XXI, 1987.
Lado, S.; Núñex, A. y Zapata, j. Ciudadanía. Seminario Prof. Garretón.
Doctorado en Ciencias Sociales, Flacso. , Buenos Aires: Inédito, 2002.
Lado, Silvana Inés. Asociaciones Vecinales y ciudad. EStudio de las
reivindicaiones urbanas y estrategias barriales. . Mar del Plata: Tesis de
Maestría FLACSO/UNMdP, 2002.
Levín, Silvia. «La ciudadanía social argentina en los umbrales del siglo XXI.» En
Estado y sociedad. Las políticas sociales en los umbrales del siglo XXI,
de Susana (Comp.) Hintze. Buenos Aires: Eudeba. Colección CEA Nro.
27, 2000.
López, Sinesio. Ciudadanos reales e imaginarios : concepciones, desarrollo y
mapas de la ciudadanía en el Perú. Lima: Instituto de Diálogo y
Propuestas, 1997.
32
Manuel, Garretón. «La transformación de la acción colectiva en América
Latina.» Revista de la Cepal (CEPAL), no 76 (2002).
Marshall, Thomas H. Citezenship ans social class. Cambridge: University Press,
1950.
Miliband, Ralph. «Análisis de Clases.» En La Teoría Social Hoy, de Anthony
Giddens y Jonathan y otros Turner. México: Alianza, 1991.
Morales Aguilera, Paulina. «Los derechos humanos de cuarta generación
desde la noopolítica.» Derecho y Justicia, no 7 (2016): 39-66.
Nardacchione, Gabriel. «La ciudadanía como significante social:
¿reonceptualización y ocaso?» Revista Doxa, no año IX Nro. 18 (1998).
Nun, José. Democracia ¿Gobierno del pueblo o gobierno de los políticos.
Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2000.
Pérez Luño, Antonio Enrique. Derechos Humanos, Estado de Derecho y
Constitución. Madrid: Tecnos, 2001.
Quijano, Anibal. Colonialidad del poder, globalización y democracia. Lima:
IPECAL, 2000.
Quijano, Aníbal. «Poder y Derechos humanos.» Poder, Salud Mental y
Derechos Humanos (Instituto de Pensamiento y Cultura en América
Latina y el Cariba (IPECAL)), 2000.
Silva, Juan Claudio. «Ciudadanía: entre el debate crítico, la lucha política y
la utopía.» Ultima Década 9, no 14 (abril 2001).
Soberanes Fernández, José Luis. Tendendias actuales del derecho. México:
Fondo de Cultura Económica, 2001.
Sojo, Carlos. «La noción de ciudadanía en el debate latinoamericano.»
Revista de la CEPAL, no 76 (2002): 25-38.
Strasser, Carlos. «Identidad cultural y ciudadanía. La tensión
iberoamericana.» Estudios Sociales 16, no 1 (2005): 95-109.
Svampa, Maristella. Debates Latinoamericanos. Indianismo, desarrollo,
dependencia y populismo. Buenos Aires: Edhasa, 2016.
—. La Sociedad Excluyente. La Argentina bajo el signo del neoliberlaismo. .
Buenos Aires: Taurus, 2005.
Vieira, Liszt. «Ciudadanía y control social.» United Nations Online Network
Referencias:
1 Este trabajo es tributario en la primera parte de su desarrollo de Lado, S.; Núnez, A. y Zapata, J.:
“Ciudadanía”, realizado para el Seminario de Doctorado Las Ciencias Sociales en América Latina,
dictado por el Prof. Manuel Garretón, agosto 2002. Mímeo. Una primera versión de este documento se
presentó en Mar del Plata en octubre de 2012 como material de la cátedra de Problemas Sociales
Latinoamericanos de la Facultad de Psicología, UNMdP.
Vieira, Liszt: “Ciudadanía y control social", publicado en www.unpan.org (United Nations Online
Network in Public Administration and Finance), 1998.
Miliband, Ralph: “Análisis de clases”, en: Giddens, A. comp. La Teoría Social Hoy, México,
Alianza Editorial, 1991.
6 Laclau, E y Mouffe, Ch.: Hegemonía y Estrategia Socialista, Hacia la radicalización de la democracia,
Siglo XXI, Madrid, 1987
7 Ver González Bombal, Inés: “Entre el Estado y el Mercado. Ong’s y Sociedad civil en Argentina” en
Andrés Thompson, Público y Privado, Unicef/Losada, 1995